En el marco de la normativa sobre envases y residuos de envases, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado nuevas precisiones sobre la declaración de envases puestos en el mercado en 2024.
Las empresas que comercialicen envases comerciales e industriales deberán cumplir con la obligación de adherirse a un Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) antes del 31 de diciembre de 2024, según lo establecido en el Real Decreto 1055/2022.
Asimismo, se establece que el plazo para el reporte de envases comerciales e industriales puestos en el mercado en 2024 será desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2025. Aquellas empresas que aún no estén adheridas a un SCRAP deberán reportar los datos bajo la categoría de "SCRAP no constituido".
Un aspecto clave a tener en cuenta es que, si una empresa se da de baja del Registro de Productores de Producto o del SCRAP, perderá el número de identificación de envases asignado, lo que podría generar inconvenientes administrativos y fiscales. En caso de reinscripción, se asignará un nuevo número de registro distinto al anterior, lo que FEMEVAL no recomienda debido a las posibles complicaciones que esto conlleva.
Desde FEMEVAL recomendamos a todas las empresas afectadas por esta normativa revisar su situación en el Registro de Productores de Producto y tomar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.
Para más información, pueden consultar la web del Ministerio o contactar con los diversos SCRAP.