Entra en vigor el reglamento del impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero

Normativa y legislación Público 31/08/2022 0 34
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Entra en vigor el 1 de septiembre 2022

La Ley 14/2022, de 8 de julio, de modificación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, con el fin de regular las estadísticas de las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) en la contratación pública, modificó el impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero, dando nueva redacción al artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre.

Por ello, hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto 712/2022, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.

En el se regula la liquidación y pago del impuesto, devoluciones y deducciones, la autorización de almacenistas, el código CAF y obligaciones contables, además del Registro territorial del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero para las siguientes actividades:

  • G1: Fabricante de gases fluorados.

  • G2: Adquirente intracomunitario de gases fluorados.

  • G3: Importador de gases fluorados.

  • G4: Almacenista de gases fluorados.

  • G5: Representante de contribuyente del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero no establecido en territorio español.

También se ha publicado en el BOE la Orden HFP/826/2022, de 30 de agosto, por la que se aprueba el modelo 587 Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. Autoliquidación y el modelo A23 Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. Solicitud de devolución, en el cual se determinan la forma y procedimiento para la presentación de los mismos, y se regula la inscripción  en el Registro territorial y la llevanza de la contabilidad de existencias.